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impatriados

Según el artículo de elEconomista.es, los individuos que se benefician de la conocida «Ley Beckham» en España, mayoritariamente extranjeros, experimentan un ahorro medio de 13.600 euros en impuestos anualmente. Este régimen fiscal especial para impatriados permite a aquellos que no han residido en España en los últimos cinco años, bajo ciertas condiciones, tributar a través del Impuesto de la Renta de No Residentes (IRNR) en lugar del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La principal ventaja radica en un tipo fijo del 24% para las rentas de trabajo, salvo que superen los 600.000 euros, en cuyo caso el exceso se grava al 47%.

Actualmente, alrededor de 10.000 contribuyentes impatriados se benefician de este sistema en España, lo que implica una pérdida de recaudación para Hacienda de aproximadamente 134 millones de euros al año, según un informe del Observatorio Fiscal de la Unión Europea titulado ‘Evasión fiscal global 2024’.

A pesar de esto, el mismo informe revela que, entre los quince países europeos con regímenes fiscales más favorables para residentes extranjeros, España ocupa la décima posición en cuanto al ahorro fiscal promedio anual obtenido por los contribuyentes acogidos a estos sistemas. Países como Grecia, donde los trabajadores no residentes pueden ahorrar hasta 156.900 euros anuales en impuestos, Italia con un ahorro medio de 128.000 euros, y Portugal, donde los extranjeros ahorran 32.600 euros al año en impuestos, superan a España en este aspecto.

Curiosamente, Portugal anunció recientemente la eliminación de exenciones fiscales para extranjeros, similares a la Ley Beckham de España, a partir de marzo debido a la crisis de vivienda en el país. El régimen portugués, establecido en 2009, permitía a los ingresos de los trabajadores tributar al 20%, con exenciones para fuentes extranjeras, y aplicaba bonificaciones a dividendos o propiedades inmobiliarias. La eliminación de estas exenciones resultará en una pérdida de recaudación de 7.500 millones de euros anuales para el gobierno portugués, mientras que los contribuyentes ahorrarán 34.300 euros.

Volviendo al régimen español, la Ley Beckham posibilita que los contribuyentes tributen únicamente por las rentas generadas en España, excluyendo las de trabajo. Aunque los beneficiarios están sujetos al Impuesto de Patrimonio y al de Grandes Fortunas, solo tributan por bienes ubicados en territorio español. A pesar de su nombre, esta ley se corresponde con el régimen especial de impatriados establecido en el artículo 93 de la Ley del IRPF. Los requisitos para acogerse incluyen no haber sido residente en España en los últimos cinco años, desplazarse debido a un contrato de trabajo o como resultado de ser nombrado administrador de una entidad, y realizar una actividad económica calificada como emprendedora o ser un profesional altamente cualificado.

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