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Declaración de la renta

Quiero compartirles algunas novedades fiscales relevantes que afectarán nuestras declaraciones en los próximos años.

 

  1. Estimación Objetiva del IRPF y regímenes simplificado y especial del IVA:Los límites cuantitativos para aplicar el método de estimación objetiva del IRPF se extienden hasta el periodo impositivo 2024. Sin embargo, para actividades agrícolas, ganaderas y forestales, se mantienen límites basados en los ingresos. Lo mismo aplica para los regímenes simplificado y especial de la agricultura, ganadería y pesca en el IVA. Atención: Si alguno de nosotros desea renunciar o revocar este método, el plazo se ha ampliado hasta el 31 de enero de 2024.

 

  1. Deducción por Obras de Eficiencia Energética en Viviendas:Una excelente noticia para quienes realizamos mejoras en nuestras viviendas. La deducción por obras de eficiencia energética en el IRPF se extiende por un año más, a partir del 1 de enero de 2024. Por lo que es un momento oportuno para hacer nuestras casas más eficientes.

 

  1. Declaración del IRPF por Medios Electrónicos:Aquí viene un cambio importante. Ahora, legalmente, la Administración tributaria puede imponer la obligación de presentar la declaración del IRPF por medios electrónicos. Pero no se preocupen, garantizan asistencia personalizada para quienes necesiten ayuda en este proceso. La eficacia de estas medidas se evaluará después de la primera campaña de presentación desde la entrada en vigor de esta modificación (29/12/2023).

 

  1. Impuesto Temporal de Solidaridad de Grandes Fortunas:La aplicación de este impuesto se prorroga hasta una revisión de la tributación patrimonial en la reforma del sistema de financiación autonómica. El mínimo exento de 700,000 euros se extiende a todos los sujetos pasivos, independientemente de su residencia en España, desde la entrada en vigor de la Ley 38/2022. Atención: La presentación de la declaración es obligatoria por medios electrónicos.

 

  1. Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio por Medios Electrónicos:También se contempla la posibilidad de imponer la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio por medios electrónicos. Estemos atentos a futuras actualizaciones al respecto.

 

Espero que esta información les sea útil en la planificación de sus finanzas. Si tienen más preguntas, en Gutiérrez Pujadas & Partners estamos a vuestra disposición.

Artículo escrito por Ricky Gutiérrez

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