
¿Qué es el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)?
El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es un tributo municipal que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas en el territorio español. Aunque se trata de un impuesto local, su regulación se enmarca dentro de una normativa estatal, concretamente en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Actualmente, están exentas de pagar el IAE aquellas empresas o autónomos cuya cifra de negocios anual sea inferior a un millón de euros. Sin embargo, este límite lleva años sin modificarse, lo que ha generado un debate en torno a la necesidad de actualizarlo para adaptarse al crecimiento económico y a la realidad del tejido empresarial español.
¿Qué plantea la nueva proposición de ley?
El partido Junts per Catalunya ha presentado una proposición de ley en el Senado que busca aliviar la presión fiscal que sufren miles de pequeñas y medianas empresas y trabajadores por cuenta propia en todo el país. Esta propuesta contempla dos medidas clave:
- Elevar el umbral de exención del IAE hasta los 2 millones de euros anuales de facturación, lo que permitiría que una parte significativa de pymes y autónomos dejen de estar obligados a pagarlo.
- Permitir la deducción del IAE en el Impuesto de Sociedades a aquellas empresas cuya facturación supere los 2 millones de euros y que, por tanto, sigan obligadas a abonar este tributo municipal.
Con esta modificación, se pretende que las pymes más consolidadas puedan, al menos, compensar el coste del IAE mediante una deducción fiscal en su declaración del impuesto estatal.
¿Cómo funcionará esta deducción?
Las empresas que sigan obligadas a pagar el IAE podrán deducir el importe pagado en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades, siempre que cumplan una serie de requisitos. Entre ellos:
Acreditar el pago del IAE mediante justificantes oficiales expedidos por la correspondiente Agencia Tributaria local.
La deducción no podrá superar el importe total de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades. Si el IAE pagado es mayor que dicha cuota, el excedente podrá deducirse en los diez ejercicios fiscales siguientes, siempre que exista cuota suficiente.
Por ejemplo, si una empresa ha pagado 10.000 euros por el IAE, pero su cuota íntegra del Impuesto de Sociedades es de solo 9.000 euros, podrá deducirse esos 9.000 euros ese año, y los 1.000 euros restantes en ejercicios futuros.
¿A quién beneficiará esta medida?
El objetivo principal de la propuesta es beneficiar al conjunto del tejido productivo español, pero especialmente a las pequeñas empresas y autónomos, que representan más del 90 % del ecosistema empresarial del país. Con el nuevo límite de 2 millones de euros de facturación, muchas empresas que antes no se beneficiaban de la exención quedarán automáticamente liberadas de este coste.
Además, para aquellas que superen ese umbral, la posibilidad de deducirse el IAE en Sociedades supone una forma de aliviar parte de la carga fiscal sin comprometer la financiación de los ayuntamientos, que seguirán recibiendo el tributo.
¿Cuándo entrará en vigor la medida?
La proposición de ley establece que, una vez aprobada y publicada en el Boletín Oficial del Estado, la medida se aplicará a partir del ejercicio siguiente. Es decir, si la ley se aprueba en 2025, comenzará a tener efectos desde el 1 de enero de 2026.
De momento, el Gobierno no ha mostrado oposición a la iniciativa ni ha presentado una alternativa, lo que permite prever una tramitación parlamentaria sin grandes obstáculos.
¿Afectará a los ayuntamientos?
No. Según la exposición de motivos de la proposición, la deducción del IAE en el Impuesto de Sociedades no repercutirá en los ingresos de los municipios, ya que estos seguirán cobrando el impuesto como hasta ahora. La reducción fiscal se aplicará a nivel estatal, asumiendo el Estado la pérdida recaudatoria mediante la minoración de ingresos del Impuesto de Sociedades.
¿Qué pasa con las empresas en crisis?
La propuesta también contempla la posibilidad de ajustar o reducir el pago del IAE en aquellos casos en los que las empresas acrediten estar en situación de crisis económica y cuenten con un plan de reconversión o viabilidad aprobado. Esta medida busca fomentar la recuperación de negocios viables que atraviesan dificultades temporales.
Preguntas frecuentes
¿Esta exención es automática?
No. Aunque el umbral de exención se elevaría a 2 millones de euros, es previsible que haya que comunicarlo a la administración correspondiente y acreditar la facturación.
¿Se mantiene la clasificación de actividades y tarifas del IAE?
Sí. La normativa no modifica las tarifas ni las clasificaciones actuales del IAE, que seguirán siendo las mismas.
¿Qué documentación necesito para aplicar la deducción?
Se requerirá conservar y presentar los justificantes de pago del IAE emitidos por los ayuntamientos o entidades recaudadoras.
La iniciativa legislativa presentada por Junts representa un paso importante hacia un sistema fiscal más equilibrado para las pymes y los autónomos. Al aumentar el umbral de exención y permitir la deducción del IAE, se busca dotar de mayor flexibilidad financiera a los pequeños negocios, fomentar la inversión y proteger el empleo.
Para muchas empresas, esta medida puede suponer un ahorro considerable y un incentivo a la reinversión, sin menoscabar los ingresos de los entes locales que dependen de este tributo.
¿Cómo puede ayudarte Gutiérrez Pujadas & Partners?
En Gutiérrez Pujadas & Partners ayudamos a nuestros clientes a interpretar correctamente los cambios normativos y a aplicar todas las ventajas fiscales disponibles. Si eres autónomo o diriges una pyme, te asesoramos para:
- Verificar si tu empresa puede acogerse a la exención o deducción.
- Preparar la documentación necesaria para Hacienda.
- Planificar fiscalmente tu negocio para maximizar los beneficios fiscales en los próximos ejercicios.
Contáctanos para una revisión personalizada de tu situación y anticípate a los cambios fiscales de 2026. Estamos aquí para ayudarte a crecer con seguridad jurídica y eficiencia fiscal.