Gutiérrez Pujadas & Partners

 

El cumplimiento de las obligaciones fiscales y contables es crucial para cualquier empresa que opere en España. Dos de las principales responsabilidades son la declaración del Impuesto sobre Sociedades y la elaboración de las Cuentas Anuales, obligaciones interrelacionadas que reflejan la situación económica y financiera de la empresa ante la Administración Tributaria y el Registro Mercantil.

Este artículo proporciona una guía práctica y actualizada para empresas sujetas al marco normativo estatal español.

¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades?

Definición y finalidad

El Impuesto sobre Sociedades es un tributo estatal que grava la renta de las personas jurídicas y otras entidades. Se basa en los beneficios obtenidos en un período impositivo y su finalidad es contribuir a la financiación de los servicios públicos.

Sujetos pasivos

Están obligadas a tributar:

  • Sociedades anónimas, limitadas y otras personas jurídicas.

  • Asociaciones, fundaciones y entidades sin fines lucrativos.

  • Entidades extranjeras con establecimiento permanente en España.

Tipos impositivos

  • 25% general.

  • 15% durante los dos primeros ejercicios para nuevas empresas con base imponible positiva.

  • 20% para cooperativas fiscalmente protegidas.

  • 10% para entidades acogidas a la Ley 49/2002.

Pagos fraccionados

Las empresas deben presentar pagos fraccionados a cuenta del impuesto con el Modelo 202 en los meses de abril, octubre y diciembre.

Presentación del Impuesto sobre Sociedades

Modelos

  • Modelo 200: declaración general.

  • Modelo 220: para grupos fiscales.

Plazo de presentación

Se presenta en los 25 días naturales posteriores a los seis meses del cierre del ejercicio. Si el ejercicio finaliza el 31 de diciembre, el plazo va del 1 al 25 de julio.

Cuentas Anuales y su relación con el impuesto

Función contable y fiscal

Las cuentas anuales permiten calcular la base imponible del impuesto a partir del resultado contable ajustado fiscalmente.

Documentación requerida

  • Balance de situación.

  • Cuenta de pérdidas y ganancias.

  • Estado de cambios en el patrimonio neto.

  • Estado de flujos de efectivo (para grandes empresas).

  • Memoria explicativa.

Elaboración y presentación de las Cuentas Anuales

Plazos

  • Formulación: 3 meses desde el cierre del ejercicio.

  • Aprobación: hasta 6 meses desde el cierre.

  • Depósito: dentro del mes siguiente a la aprobación.

Registro Mercantil

Las cuentas deben depositarse en el Registro Mercantil de la provincia correspondiente. Su no presentación puede implicar sanciones administrativas y bloqueo registral.

Consecuencias del incumplimiento

  • Sanciones económicas (hasta 60.000 €).

  • Recargos e intereses de demora.

  • Pérdida de acceso a crédito y credibilidad empresarial.

Recomendaciones

  • Mantener una contabilidad actualizada y conforme al Plan General de Contabilidad.

  • Realizar cierres contables periódicos.

  • Contar con asesoramiento fiscal especializado.

¿Necesita ayuda con el Impuesto sobre Sociedades o la elaboración de sus Cuentas Anuales? Nuestro equipo de expertos en fiscalidad y contabilidad está preparado para asesorarle y garantizar el cumplimiento riguroso de sus obligaciones legales. Evite sanciones y asegure la transparencia de su empresa. Contáctenos hoy mismo para una consulta personalizada.