Gutiérrez Pujadas & Partners

En un entorno económico globalizado, cada vez más empresas españolas amplían su actividad fuera del país. Esta expansión internacional conlleva una serie de obligaciones fiscales complejas que es imprescindible conocer y cumplir.

En Gutiérrez Pujadas & Partners, ayudamos a las empresas a navegar con seguridad el entorno de la fiscalidad internacional, cumpliendo con todas las exigencias normativas y evitando sanciones que puedan afectar su operativa o reputación.

 1. Marco legal y contexto actual de la fiscalidad internacional

La fiscalidad internacional en España se encuentra en plena transformación. Normativas como BEPS (Base Erosion and Profit Shifting) de la OCDE, la directiva europea DAC6, y la reciente aplicación del Pilar Dos —que impone un tipo mínimo global del 15 % a grandes multinacionales desde abril de 2025— han endurecido notablemente el cumplimiento tributario para las empresas con operaciones internacionales.

Además, la Agencia Tributaria española ha reforzado los controles sobre estructuras societarias complejas, operaciones con paraísos fiscales y medios de pago internacionales.

2. ¿Qué se considera una operación internacional?

a) Definición legal y supuestos típicos

Se entiende por operaciones internacionales aquellas que implican relaciones económicas entre una empresa española y entidades o personas fuera del país. Esto incluye:

  • Operaciones con filiales o matrices extranjeras.
  • Actividades de exportación o importación.
  • Prestación de servicios digitales a clientes ubicados fuera de España.
  • Uso de plataformas de e-commerce que operan a nivel global.

b) Ejemplos prácticos en el marco español

  • Venta de productos desde Madrid a clientes en México o Japón.
  • Una filial española que presta servicios a su empresa matriz en Francia.
  • Empresas que distribuyen mercancía entre delegaciones situadas en varios países de la UE.

3. Principales obligaciones fiscales internacionales en España

a) Declaraciones informativas

  • Modelo 720: obligatorio para declarar bienes y derechos situados en el extranjero por importe superior a 50.000 €.
  • Modelo 232: se utiliza para declarar operaciones vinculadas y con territorios considerados paraísos fiscales, cuando superan ciertos umbrales económicos.

b) Precios de transferencia: documentación y valor de mercado

Las operaciones entre empresas del mismo grupo deben documentarse bajo el principio de plena competencia. La normativa (Ley 27/2014, art. 18 y su reglamento) exige:

  • Justificación técnica de los métodos utilizados para valorar las operaciones.
  • Informes locales y globales alineados con la OCDE.
  • Posibilidad de sanción de hasta el 15 % del importe ajustado por falta de documentación.

c) Declaración de operaciones intracomunitarias

Empresas con actividad en la UE deben cumplir con:

  • Modelos 349, 347 y 303 para operaciones de IVA intracomunitario.
  • Número EORI y representante fiscal en caso de no contar con establecimiento permanente en España.

d) Convenios de doble imposición (CDI)

España mantiene convenios con más de 90 países para evitar la doble imposición y garantizar el intercambio de información fiscal entre jurisdicciones.

4. Novedades fiscales recientes y transparencia internacional

a) Directrices OCDE y Country-by-Country Reporting (CbC)

España exige a los grupos empresariales con presencia internacional la elaboración de informes CbC que consoliden datos financieros por jurisdicción.

b) Normativa DAC6: transparencia de esquemas fiscales

Desde 2023, las empresas deben declarar operaciones transfronterizas que impliquen ciertas señales de planificación fiscal agresiva, conforme a la directiva europea DAC6.

5. Errores comunes y sanciones

a) Casos frecuentes de incumplimiento

  • No presentar o hacerlo fuera de plazo los modelos 720 o 232.
  • Declaraciones incompletas o erróneas en IVA intracomunitario.
  • Falta de documentación adecuada en precios de transferencia.

b) Sanciones de la Agencia Tributaria

  • Multas fijas y proporcionales que pueden superar los 10.000 €.
  • Recargos por declaración extemporánea.
  • Ajustes fiscales sobre la base imponible con intereses de demora.
  • En precios de transferencia, sanciones de hasta el 15 % del importe corregido.

6. Cómo puede ayudar Gutiérrez Pujadas & Partners

En Gutiérrez Pujadas & Partners ofrecemos una solución integral para empresas con operaciones internacionales:

  • Auditoría preventiva de obligaciones fiscales internacionales.
  • Elaboración y presentación de los modelos informativos (720, 232, 349…).
  • Asesoramiento en precios de transferencia: diseño de políticas, informes y acuerdos previos (APA).
  • Implementación de herramientas de compliance fiscal.
  • Defensa ante inspecciones de la Agencia Tributaria.

Conclusión

El cumplimiento de las obligaciones fiscales de las empresas con operaciones internacionales ya no es una opción, sino una necesidad estratégica. Una planificación fiscal adecuada permite reducir riesgos, evitar sanciones y mejorar la eficiencia global.

En Gutiérrez Pujadas & Partners contamos con más de 30 años de experiencia asesorando a empresas españolas en su expansión internacional. Acompañamos a nuestros clientes en todo el proceso de cumplimiento, optimización tributaria y gestión contable transfronteriza.

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