"Tabla de cuotas de autónomos 2026 con los 15 tramos de cotización según rendimientos netos"

Cuotas de autónomos 2026: de 200 a 590 euros al mes según los ingresos

El Gobierno ha confirmado que las cuotas de cotización de los autónomos para 2026 se mantendrán sin cambios respecto a 2025. Esta decisión, anunciada por la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el último Consejo de Ministros del año, supone una prórroga del sistema actual tras el fracaso de las negociaciones con las principales organizaciones de autónomos y la falta de apoyo parlamentario para implementar las subidas propuestas inicialmente.

En la práctica, los trabajadores por cuenta propia que coticen por la base mínima seguirán pagando cuotas mensuales que oscilarán entre 200 y 590 euros, en función de sus rendimientos netos. El sistema mantiene los 15 tramos de cotización establecidos en 2025 y la posibilidad de cambiar de tramo hasta seis veces al año para adaptar la cotización a las previsiones reales de ingresos.

Por qué el Gobierno congela las cuotas de autónomos

La congelación de las cuotas no era la intención inicial del Ejecutivo. Durante el otoño de 2024, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones presentó dos propuestas sucesivas de incremento que encontraron un rechazo generalizado tanto entre las asociaciones de autónomos como en el ámbito parlamentario.

La primera propuesta planteaba incrementos mensuales de entre 17 y 206 euros, dependiendo del tramo de ingresos. Esta subida fue descartada de inmediato por considerarse desproporcionada, especialmente para los autónomos con mayores rendimientos, que habrían afrontado aumentos acumulados de casi 7.500 euros en tres años.

Ante el rechazo frontal, el Ministerio reculó y presentó una segunda opción más moderada. Esta alternativa contemplaba congelar las cuotas de los autónomos con menores ingresos (aquellos que declararan rendimientos netos mensuales entre 670 y 1.166,7 euros) y aplicar incrementos progresivos de entre el 1% y el 2,5% en la tabla general, lo que habría supuesto subidas de entre 2,91 y 14,75 euros al mes.

Sin embargo, tampoco esta propuesta logró el consenso necesario. La negativa de grupos parlamentarios clave, especialmente de Junts, dejó claro que la reforma no contaba con el apoyo suficiente para prosperar en el Congreso. Ante este escenario, el Gobierno optó por mantener las cuotas de 2025 y aplazar cualquier modificación hasta lograr un acuerdo que garantice viabilidad política y aceptación entre el colectivo de autónomos.

Tabla de cuotas de autónomos para 2026: cuánto se paga según los ingresos

El sistema de cotización vigente para 2026 se estructura en 15 tramos que relacionan los rendimientos netos mensuales del autónomo con una base mínima de cotización y, por tanto, con una cuota mensual específica. A continuación se presenta la tabla completa con todos los tramos:

Tramo Rendimientos netos mensuales Base mínima de cotización Cuota mensual mínima
1 Hasta 670 € 735,29 € 200 €
2 670,01 – 900 € 816,99 € 225 €
3 900,01 – 1.166,70 € 898,69 € 250 €
4 1.166,71 – 1.300 € 950 € 267 €
5 1.300,01 – 1.500 € 960 € 280 €
6 1.500,01 – 1.700 € 1.013,07 € 294 €
7 1.700,01 – 1.850 € 1.208,09 € 350 €
8 1.850,01 – 2.030 € 1.272,12 € 370 €
9 2.030,01 – 2.330 € 1.361,08 € 395,90 €
10 2.330,01 – 2.760 € 1.454,79 € 423,30 €
11 2.760,01 – 3.190 € 1.567,21 € 456,20 €
12 3.190,01 – 3.620 € 1.651,16 € 480,40 €
13 3.620,01 – 4.050 € 1.686,12 € 490 €
14 4.050,01 – 6.000 € 1.732,03 € 504,30 €
15 Más de 6.000 € 2.030,03 € 590 €

 

La tabla se divide en dos secciones claramente diferenciadas:

Tabla reducida (tramos 1 a 6): destinada a autónomos con rendimientos netos mensuales desde menos de 670 euros hasta 1.700 euros. En este segmento, las cuotas oscilan entre 200 y 294 euros al mes. Esta tabla ofrece mayor protección a los autónomos con menores ingresos, estableciendo cuotas proporcionalmente más bajas.

Tabla general (tramos 7 a 15): aplicable a partir de rendimientos netos superiores a 1.700 euros mensuales. En este rango, las cuotas van desde 350 euros hasta un máximo de 590 euros mensuales para aquellos autónomos que declaren rendimientos superiores a 6.000 euros al mes.

Es importante destacar varios aspectos prácticos de esta tabla:

Las cifras mostradas corresponden a las bases mínimas de cotización. Cada tramo cuenta también con una base máxima (4.720,50 euros mensuales en 2026), lo que permite a los autónomos elegir cotizar por una cantidad superior si desean mejorar sus futuras prestaciones o acumular una mayor base reguladora para la pensión de jubilación.

Un autónomo con rendimientos netos de 2.500 euros mensuales se situaría en el tramo 10 (de 2.330 a 2.760 euros), por lo que su cuota mínima sería de 423,30 euros al mes. Si decide cotizar por una base superior dentro de ese tramo, su cuota aumentará proporcionalmente.

Los autónomos con los rendimientos más elevados (superiores a 6.000 euros mensuales) abonarán la cuota máxima de 590 euros si cotizan por la base mínima. Esta cantidad representa un incremento de 60 euros respecto a 2024 y de 90 euros respecto a 2023, reflejando el ajuste progresivo del sistema durante el periodo transitorio.

El sistema permite cambiar de tramo hasta seis veces al año (cada dos meses), lo que ofrece flexibilidad para adaptar la cotización a las fluctuaciones reales de ingresos que experimenta la actividad por cuenta propia. Esta posibilidad resulta especialmente útil para actividades estacionales o proyectos con facturación irregular.

Cómo funcionan los rendimientos netos y el sistema de regularización

Para determinar qué tramo corresponde a cada autónomo, se toman como referencia los rendimientos netos de la actividad económica. Estos rendimientos no equivalen a los ingresos brutos, sino que se calculan restando a los ingresos todos los gastos producidos en el ejercicio de la actividad y necesarios para obtener dichos ingresos.

Sobre la cantidad resultante se aplica además una deducción adicional por gastos genéricos del 7% (o del 3% en el caso de los autónomos societarios). El resultado final es la cifra que determina la base de cotización y, por tanto, la cuota mensual correspondiente.

Este sistema obliga a los autónomos a realizar una previsión de ingresos al inicio de cada año y comunicarla a la Seguridad Social para establecer el tramo en el que cotizarán. Sin embargo, dado que muchas actividades por cuenta propia presentan fluctuaciones importantes a lo largo del ejercicio, el sistema permite cambiar de tramo cada dos meses, con un máximo de seis cambios anuales.

Al finalizar el año, la Seguridad Social cruza los datos con la Agencia Tributaria y realiza una regularización anual. Si el autónomo ha cotizado por encima de lo que le correspondía según sus ingresos reales, recibirá una devolución. Si, por el contrario, ha cotizado por debajo, deberá abonar la diferencia. Este ajuste se notifica durante los primeros meses del año siguiente y debe abonarse antes del 30 de abril.

Tarifa plana y otras bonificaciones vigentes en 2026

A pesar de la congelación de las cuotas generales, las bonificaciones para nuevos autónomos se mantienen en vigor durante 2026. La tarifa plana sigue permitiendo que los autónomos que se den de alta por primera vez, o que no hayan estado incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en los dos años anteriores (tres años si ya disfrutaron de esta bonificación previamente), puedan cotizar pagando únicamente 80 euros al mes durante los primeros doce meses de actividad.

Esta bonificación puede prorrogarse otros doce meses adicionales si el autónomo acredita que sus rendimientos netos no superan el Salario Mínimo Interprofesional. Además, determinados colectivos o situaciones específicas (personas con discapacidad, víctimas de violencia de género, víctimas de terrorismo, entre otros) pueden acceder a una tarifa plana con una duración inicial de 24 meses, prorrogable hasta 36 meses más si se cumplen las condiciones establecidas.

Qué cambia en 2026: el incremento del Mecanismo de Equidad Intergeneracional

Aunque las cuotas de autónomos se mantienen congeladas, sí se produce una modificación que afecta tanto a autónomos como a trabajadores por cuenta ajena: el aumento de la sobrecotización correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).

El MEI es una cotización adicional destinada a reforzar el Fondo de Reserva de las pensiones. Desde el 1 de enero de 2026, el tipo del MEI pasará del 0,8% aplicado en 2025 al 0,9%, lo que supone un incremento de 0,1 puntos porcentuales que se aplica sobre la base de cotización elegida por el autónomo.

Este aumento, aunque reducido en términos absolutos, se suma a la cuota mensual y puede suponer entre 1 y 5 euros adicionales al mes, dependiendo de la base de cotización. La medida afecta a todos los trabajadores, con independencia de su régimen de cotización o del importe de su base.

El periodo transitorio hasta 2032 y la búsqueda de un acuerdo definitivo

El sistema de cotización por ingresos reales entró en vigor a principios de 2023 tras un acuerdo alcanzado con las principales organizaciones de autónomos. Este modelo sustituye el sistema anterior de cuota fija, que durante décadas permitió a los autónomos elegir libremente su base de cotización con independencia de sus ingresos reales.

El nuevo esquema se desarrolla dentro de un periodo transitorio de nueve años, con horizonte en 2032. Durante esta etapa, las cuotas deben ir ajustándose progresivamente para que el colectivo cotice de forma efectiva en función de lo que gana, evitando que quienes tienen rendimientos elevados coticen por bases mínimas y, al mismo tiempo, protegiendo a quienes tienen ingresos reducidos o actividades estacionales.

Sin embargo, el proceso de ajuste no está resultando sencillo. La ministra de Seguridad Social ha reconocido que persiste una brecha superior a 650 euros entre las pensiones de jubilación de los autónomos y las del Régimen General, lo que refleja que, históricamente, el colectivo ha cotizado por bases inferiores a sus ingresos reales.

El Gobierno mantiene abierta la negociación con las organizaciones de autónomos y los agentes sociales con el objetivo de alcanzar un acuerdo que fije las cuotas para los próximos ejercicios y cierre el calendario transitorio hasta 2032. Mientras tanto, la incertidumbre persiste, y muchos autónomos se enfrentan a un escenario de prórrogas sucesivas y ajustes continuos que dificultan la planificación financiera a medio y largo plazo.

Qué deben hacer los autónomos en 2026

Para 2026, los autónomos deben prestar atención a varios aspectos clave de su cotización:

Revisar la previsión de rendimientos netos declarada a la Seguridad Social y ajustarla si es necesario. El sistema permite cambiar de tramo hasta seis veces al año, por lo que conviene aprovechar esta flexibilidad para evitar sorpresas en la regularización anual.

Tener en cuenta que la regularización correspondiente a 2024 se llevará a cabo durante los primeros meses de 2026. Quienes hayan cotizado por debajo de lo que les correspondía deberán abonar la diferencia antes del 30 de abril.

Valorar si conviene cotizar por una base superior a la mínima del tramo. Aunque esto suponga pagar una cuota mayor, puede ser interesante para acumular una base reguladora más alta de cara a la futura pensión o para mejorar el acceso a prestaciones como la incapacidad temporal o la baja por maternidad o paternidad.

Aprovechar las bonificaciones disponibles si se trata de un nuevo alta en el régimen de autónomos o si se cumplen los requisitos para acceder a la tarifa plana o a otras reducciones específicas.

Considerar el impacto del incremento del MEI, que aunque sea reducido, sí supone un coste adicional mensual que debe incluirse en las previsiones de tesorería.

Conclusión

La congelación de las cuotas de autónomos en 2026 supone un respiro temporal para el colectivo, pero también refleja las dificultades del Gobierno para avanzar en la reforma del sistema de cotización. Aunque el mantenimiento de los tramos de 2025 ofrece estabilidad a corto plazo, la falta de un acuerdo definitivo deja en el aire muchas incógnitas sobre cómo evolucionarán las cuotas en los próximos años.

Para los autónomos, la recomendación es clara: ajustar la cotización a los ingresos reales previstos, aprovechar las herramientas de flexibilidad que ofrece el sistema y estar atentos a las negociaciones en curso, que podrían desembocar en cambios significativos a partir de 2027.

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