Después de más de un año de negociaciones, enmiendas y votos, el Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado al fin la Ley de Startups: la primera norma orientada de manera específica a la creación de un ecosistema emprendedor innovador en Europa.
En este artículo de Gutiérrez Pujadas & Partners te contamos en qué consiste.
La Ley de Startups forma parte del conjunto de reformas para la mejora del clima de negocios del país, junto con la Ley Crea y Crece y la Ley Concursal, aprobadas este año. También es uno de los hitos más importantes para este ejercicio dentro de la Agenda España Digital 2026.
El Proyecto de Ley de “Startups” tiene como objetivo fomentar la creación y relocalización de empresas emergentes en España, impulsar la I+D+i, atraer talento y capital internacional a nuestro país.
El proyecto de Ley define el concepto de startup y se dirige las empresas de nueva creación o de menos de 5 años (7 años en el caso de empresas de biotecnologías, energía, industriales y otros sectores estratégicos o que hayan desarrollado tecnología propia diseñada íntegramente en España), independientes de otras empresas, que no coticen en un mercado de valores, no distribuyan ni haya distribuido beneficios, tengan carácter innovador y tengan un volumen de negocios anual de hasta 5 millones de euros.
Para favorecer las necesidades de este tipo de empresa emergente, la nueva regulación ha establecido una serie de incentivos fiscales.
Se dispondrá de una certificación de cuyo trámite se ocupará Enisa y la Oficina Nacional de Emprendimiento, logrando una sola ventanilla que agilizará la gestión de trámites al formar una empresa online y sin costes públicos.
Se permite estar libre de impuestos hasta los 50.000 €, frente a los 12.500 € anteriores.. Asimismo, su tributación se aplaza en el momento de la venta (por ejemplo, por salir a bolsa).
Los principales requisitos de las empresas tecnológicas (las que necesitan un uso intensivo de nuevas tecnologías y de un conocimiento técnico) para que se les aplique esta nueva ley son los siguientes:
Se mejora el régimen fiscal de Impuesto sobre la Renta de No Residentes, que se aplica a directivos y trabajadores de startups, inversores y nómadas digitales, quienes podrán acceder a un visado especial de hasta cinco años. También favorece la vuelta del talento al reducir a cinco años la no residencia anterior en España para acceder a este régimen especial.
Los Business Angels (personas con capital propio que ofrecen financiación a las startups a cambio de ser socios de la empresa), e inversores particulares se beneficiarán de una legislación especial para el entorno de las startups.
Entre las distintas medidas, el máximo deducible para las inversiones en compañías nuevas o de reciente creación pasa de 60.000 € a 100.000 € por año. Asimismo, la tasa de deducción se incrementa del 30% al 50%.
Si el inversor quiere vender su participación en la empresa, podrá acceder a nuevos beneficios fiscales. Puesto que no deberá tributar por la ganancia patrimonial que haya generado si vuelve a invertir dicho dinero en otra startup.
Para poder acceder a estos cambios, la cuantía de los fondos no podrá ser mayor a 400.000 € al comienzo del ejercicio en el que se invierte. También tendrá que ser de nueva o reciente creación con un máximo de tres ejercicios y las participaciones tendrán que permanecer en el patrimonio entre 3 y 12 años.
Finalmente, la participación adquirida por el Business Angel no podrá sobrepasar el 40% del capital social y no se admitirá que se haga su aportación desde un vehículo tipo societario.
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