sanciones verifactu

La adaptación a VeriFactu y la futura factura electrónica obligatoria B2B no son meras recomendaciones administrativas: son obligaciones legales respaldadas por un régimen sancionador muy severo. Las multas por incumplimiento pueden alcanzar los 50.000 euros por ejercicio en el caso de VeriFactu, y hasta 10.000 euros por la factura electrónica B2B.

Muchas empresas y autónomos aún desconocen la gravedad de las consecuencias de no adaptarse a tiempo. No se trata solo del importe de las sanciones: el incumplimiento puede generar problemas con clientes, imposibilitar deducciones fiscales, provocar rechazos sistemáticos de facturas e incluso aumentar la probabilidad de inspecciones exhaustivas por parte de Hacienda.

En este artículo detallamos el régimen sancionador completo, tanto para VeriFactu como para la factura electrónica B2B, explicando qué infracciones se penalizan, cuánto puedes pagar por cada incumplimiento y, sobre todo, cómo evitar estas sanciones.

Marco normativo: dos regímenes sancionadores diferentes

Es fundamental distinguir que estamos ante dos normativas diferentes, cada una con su propio régimen de sanciones:

VeriFactu: Real Decreto 1007/2023 (Ley Antifraude)

Base legal: Artículo 201 bis de la Ley General Tributaria, desarrollado por el Real Decreto 1007/2023.

Objeto: Regula los requisitos técnicos que debe cumplir el software de facturación para garantizar la integridad, conservación, trazabilidad y legibilidad de los registros.

Fecha de obligatoriedad: 1 de enero de 2026 para sociedades mercantiles; 1 de julio de 2026 para autónomos.

Sanción característica: Multa fija de 50.000 euros por ejercicio por usar software no conforme.

Factura electrónica B2B: Ley Crea y Crece

Base legal: Ley 18/2022 de Creación y Crecimiento de Empresas (Ley Crea y Crece), modificando la Ley 56/2007.

Objeto: Establece la obligación de emitir y recibir facturas en formato electrónico estructurado en operaciones B2B.

Fecha de obligatoriedad: Pendiente de aprobación del reglamento. Se estima 1 año para empresas > 8 millones de euros y 2 años para el resto desde la publicación del reglamento.

Sanción característica: Multas de hasta 10.000 euros por incumplimiento.

Importante: Ambas normativas son complementarias, no excluyentes. Tu software debe cumplir VeriFactu Y ser capaz de generar facturas electrónicas en formato estructurado cuando sea obligatorio.

Sanciones por incumplimiento de VeriFactu

Sanción principal: 50.000 euros por uso de software no conforme

Esta es la multa más conocida y la más contundente del régimen sancionador de VeriFactu.

Cuantía: 50.000 euros fijos por cada ejercicio fiscal en el que se haya utilizado software no conforme.

Aplicable cuando:

  • Utilizas un programa de facturación que permite la manipulación o eliminación de registros (software de doble uso)
  • Tu software no cuenta con la declaración responsable del fabricante certificando su cumplimiento con VeriFactu
  • El programa no cumple con las especificaciones técnicas de integridad, conservación, trazabilidad y legibilidad exigidas
  • No generas el código QR tributario en las facturas cuando es obligatorio

Importante: La sanción es por ejercicio completo, no por factura. Aunque hayas emitido una sola factura con software no conforme durante todo el año, la multa sigue siendo de 50.000 euros.

¿Es igual para todos?: Sí. La multa de 50.000 euros es fija, sin distinción de tamaño de empresa o volumen de facturación. Esto hace que sea especialmente dura para autónomos y pequeñas empresas.

  1. Asegura que tu software genera formatos estructurados: Facturae y/o UBL, no solo PDF.
  2. Coordina con clientes y proveedores: Acuerda formatos, realiza pruebas antes de la obligatoriedad.
  3. Implementa un sistema de conservación: Garantiza acceso a facturas durante 4 años mínimo.
  4. Forma a tu equipo: Todos deben saber cómo emitir, recibir y archivar facturas electrónicas correctamente.

Consecuencias más allá de las multas económicas

El importe de las sanciones es solo la punta del iceberg. El verdadero coste del incumplimiento va mucho más allá de la multa inicial.

Inclusión en planes de inspección prioritarios

Una vez sancionado, tu NIF queda marcado en las bases de datos de la AEAT como perfil de riesgo. Esto multiplica exponencialmente las probabilidades de sufrir inspecciones exhaustivas y recurrentes en los años siguientes, no solo sobre facturación sino sobre todos tus impuestos.

Imposibilidad operativa de trabajar

Si tus clientes B2B están obligados a recibir facturas electrónicas y tú no puedes emitirlas correctamente, simplemente no podrás trabajar con ellos. El rechazo sistemático de tus facturas te dejará fuera del mercado.

Daño reputacional

Ser sancionado por incumplimiento fiscal genera desconfianza entre clientes y proveedores. En sectores donde se valora especialmente el cumplimiento normativo, puede significar la pérdida de contratos importantes.

Pérdida de ayudas públicas

Si estás recibiendo ayudas del Kit Digital u otras subvenciones públicas, el incumplimiento de obligaciones fiscales puede comportar la retirada de estas ayudas y la obligación de devolverlas.

Preguntas frecuentes sobre sanciones

¿Puedo recibir la multa de 50.000 euros si facturo muy poco?

Sí. La sanción de 50.000 euros por usar software no conforme es fija, sin distinción de volumen de facturación. Aunque emitas una sola factura al mes, si tu software no cumple VeriFactu, la multa es la misma.

¿Habrá periodo de gracia sin sanciones?

No hay confirmación oficial de un periodo de gracia. Las sanciones se aplicarán una vez transcurrido el plazo de obligatoriedad (1 enero 2026 sociedades, 1 julio 2026 autónomos). Es fundamental estar adaptado antes de estas fechas.

¿Cómo detectará Hacienda que mi software no cumple?

Hacienda puede detectarlo de varias formas: durante inspecciones rutinarias al solicitar los registros de facturación, cuando un cliente intenta verificar tu factura con el código QR y no funciona, por cruces de información con tus clientes, o mediante análisis de patrones sospechosos.

¿Si mi proveedor de software me engañó, tengo que pagar la multa?

Inicialmente sí. La responsabilidad del cumplimiento recae sobre ti como usuario. Si puedes demostrar que el proveedor te garantizó por escrito el cumplimiento y resultó ser falso, podrías reclamarle civilmente los daños, pero la sanción de la AEAT la pagas tú.

¿Las sanciones son acumulables?

Sí. Puedes ser sancionado simultáneamente por VeriFactu (50.000 euros) y por no usar factura electrónica B2B (hasta 10.000 euros) si incumples ambas normativas.

¿Puedo reducir la multa si colaboro?

Como en otras sanciones tributarias, pueden aplicarse reducciones por conformidad o pronto pago si no recurres la sanción. Sin embargo, la mejor estrategia es evitar el incumplimiento desde el principio.

Recomendaciones finales

No esperes al último momento: La adaptación requiere tiempo. Evalúa tu situación ahora, no semanas antes de la fecha límite.

Verifica todo por escrito: Solicita a tu proveedor de software la declaración responsable de cumplimiento con VeriFactu. Guarda este documento.

Realiza pruebas: No confíes ciegamente. Emite facturas de prueba, verifica el QR, comprueba que los registros se conservan correctamente.

Considera el asesoramiento profesional: Las sanciones son tan elevadas que invertir en asesoría especializada es claramente rentable.

Documenta todo el proceso: Guarda emails, contratos, declaraciones del proveedor, fechas de implantación. Esta documentación puede ser tu defensa si surge algún problema.

Conclusión

El régimen sancionador por incumplimiento de VeriFactu y factura electrónica es extremadamente severo, con multas que pueden alcanzar los 50.000 euros por ejercicio en el primer caso y hasta 10.000 euros en el segundo.

Estas sanciones no son teóricas ni remotas: se aplicarán en cuanto transcurran los plazos de obligatoriedad. Y las consecuencias van mucho más allá del impacto económico directo: incluyen imposibilidad operativa de trabajar, mayor probabilidad de inspecciones, daño reputacional y pérdida de ayudas públicas.

La clave está en la anticipación:

  • Conoce tus fechas límites (1 enero 2026 sociedades / 1 julio 2026 autónomos para VeriFactu; 1-2 años tras el reglamento para factura electrónica B2B según tu facturación)
  • Verifica ahora si tu software cumple los requisitos de ambas normativas
  • Si no cumple, planifica la migración con tiempo suficiente
  • Realiza pruebas exhaustivas antes de las fechas de obligatoriedad
  • Forma a tu equipo en los nuevos procedimientos

No se trata de alarmar innecesariamente, sino de tomar consciencia de que el cumplimiento normativo en facturación ha pasado de ser una cuestión menor a convertirse en una obligación crítica con consecuencias muy graves en caso de incumplimiento.

 

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