Gutiérrez Pujadas & Partners

Logo Gutierrez Pujas & Partners
Cotización autonomos

Casi un año ha transcurrido desde la implementación, el 1 de enero pasado, del Real Decreto-ley que introdujo el innovador sistema de cotización para trabajadores autónomos. La esencia de este cambio radica en vincular las cotizaciones a los rendimientos netos anuales, generando incertidumbre entre muchos autónomos respecto a los pasos a seguir, especialmente al aproximarse el cierre del año fiscal.

El cambio en el sistema ha sido significativo, ahora basado en el principio de «a mayor beneficio, mayor cuota». Este enfoque contrasta con la práctica anterior, donde todos los autónomos pagaban una cantidad fija, independientemente de sus ingresos.

Adaptación gradual al nuevo modelo

Este cambio no se produce de inmediato; las bases de los tramos superiores experimentarán un aumento más marcado en 2024 y 2025, mientras que las de los tramos inferiores se reducirán. El objetivo es que aquellos con ingresos más bajos contribuyan proporcionalmente menos en impuestos. No obstante, determinar el tramo exacto puede resultar desafiante hasta el cierre del año y la evaluación precisa de los rendimientos anuales.

A pesar de esto, se destaca que se puede ajustar la base de cotización cada dos meses, y que las cuotas son provisionales, en cualquier caso.

Ajustes y regularizaciones al cierre del año

Al concluir el año, se procede al ajuste correspondiente de las cuotas. Si se ha pagado menos de lo debido, será necesario abonar la diferencia; si se ha pagado en exceso, se realizará la devolución correspondiente. Este proceso ocurre después de que la Agencia Tributaria informa a la Seguridad Social sobre las rentas declaradas. La regularización se efectúa al año siguiente.

Deducciones en el IRPF para el ejercicio 2023

En este contexto, se resalta la posibilidad de deducir las cuotas provisionales del IRPF antes de la regularización del año siguiente. Estas cuotas son legalmente debidas y se considerarán gastos deducibles en 2023.

La regularización en 2024 repercutirá en el IRPF del próximo año. Si hay un pago adicional, se contabilizará como gasto para el año siguiente; si hay una devolución, se considerará un ingreso. Esta información ofrece a los autónomos una visión más clara de su situación y las gestiones futuras que deberán emprender.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *