Una de las dudas más frecuentes entre los emprendedores que se plantean crear su empresa es cuánto dinero necesitan para constituir una Sociedad Limitada. La respuesta honesta es que depende de varios factores, pero puede darse una estimación realista. En 2026, los gastos obligatorios de constitución de una SL oscilan entre 250 y 900 euros, a los que hay que sumar el capital social y los honorarios de asesoría si se contratan.
Lo que muchos no consideran son los gastos recurrentes anuales que genera mantener una SL en funcionamiento: contabilidad, presentación de impuestos, cuentas anuales, cuota de autónomo del administrador. Conocer el coste total real antes de constituir es imprescindible para decidir si la SL es la mejor opción o si conviene seguir como autónomo. Desde Gutiérrez Pujadas & Partners detallamos a continuación todos los gastos, uno a uno.
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Gastos obligatorios de constitución: el desglose
1. Certificación negativa de denominación social (≈17 €)
Antes de constituir la sociedad es necesario comprobar que el nombre elegido no está ya registrado. Esta certificación se solicita al Registro Mercantil Central, que comprueba la disponibilidad y reserva la denominación durante seis meses. El coste oficial es de aproximadamente 17 euros (consulta previa, certificación y aranceles incluidos). Se pueden proponer hasta cinco nombres ordenados por preferencia.
2. Capital social mínimo (desde 1 €, recomendado 3.000 €)
Desde la Ley Crea y Crece (2022), el capital social mínimo legal para constituir una SL es de 1 euro. Sin embargo, si el capital es inferior a 3.000 euros, la sociedad queda sometida a restricciones adicionales: debe destinar el 20% de los beneficios a una reserva legal reforzada hasta alcanzar ese umbral, y los socios responden solidariamente frente a terceros hasta la diferencia.
El capital social no es un gasto: una vez depositado en la cuenta provisional de la sociedad, pasa a ser patrimonio de la empresa y puede utilizarse para la actividad. La inmensa mayoría de las constituciones se realizan con 3.000 euros de capital por seguridad jurídica y para evitar las restricciones.
3. Escritura pública ante notario (60 – 300 €)
La constitución de una SL requiere otorgar escritura pública ante notario, según el artículo 22 de la Ley de Sociedades de Capital. Los honorarios notariales dependen del número de socios, el importe del capital social y la complejidad de los estatutos. De forma orientativa:
- Vía CIRCE (telemática, estatutos tipo): entre 60 y 120 euros.
- Escritura estándar en notaría presencial: entre 150 y 300 euros.
- Escritura compleja (varios socios, estatutos personalizados): puede superar los 300 euros.
La vía CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas) permite tramitar la constitución de forma telemática a través de un Punto de Atención al Emprendedor (PAE), con aranceles reducidos pero con la limitación de tener que usar estatutos tipo y objeto social predefinido.
4. Inscripción en el Registro Mercantil (40 – 200 €)
La inscripción en el Registro Mercantil de la provincia correspondiente es obligatoria para que la SL adquiera personalidad jurídica plena. Los aranceles registrales oscilan entre 40 y 200 euros, dependiendo del capital social y la complejidad de la escritura.
5. Publicación en el BORME (40 – 60 €)
Toda constitución de sociedad debe publicarse en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME). La tasa oficial por esta publicación oscila entre 40 y 60 euros.
6. Impuesto de Transmisiones Patrimoniales modalidad Operaciones Societarias (0 €)
Las operaciones de constitución de sociedades están sujetas pero exentas del ITP-OS desde el año 2010. Es obligatorio presentar el modelo de liquidación ante la administración autonómica, pero no hay cuota a ingresar. Si se gestiona con una gestoría, sus honorarios por este trámite suelen rondar los 50-80 euros.
Gastos opcionales pero habituales
Gestoría o asesoría (200 – 500 €)
No es obligatorio contratar una gestoría para constituir una SL, pero hacerlo simplifica enormemente el proceso y evita errores que pueden retrasar la constitución. Los honorarios por gestionar el proceso completo —denominación, notario, registro, alta en Hacienda y Seguridad Social— suelen situarse entre 200 y 500 euros, dependiendo de la complejidad y la localización.
Firma digital (≈24 €)
Para gestionar los trámites telemáticos con Hacienda y la Seguridad Social, la SL necesita un certificado electrónico de persona jurídica. Su coste es de aproximadamente 24 euros y tiene una validez de dos años.
Resumen: coste total de constitución
| Concepto | Coste orientativo |
| Certificación de denominación social | ≈ 17 € |
| Capital social (no es gasto, es patrimonio) | Desde 1 € (recom. 3.000 €) |
| Escritura notarial | 60 – 300 € |
| Inscripción Registro Mercantil | 40 – 200 € |
| Publicación BORME | 40 – 60 € |
| ITP modalidad Operaciones Societarias | 0 € (exento) |
| Gestoría / asesoría (opcional) | 200 – 500 € |
| TOTAL trámites obligatorios (sin capital) | ≈ 150 – 600 € |
Los gastos recurrentes que nadie menciona
El coste inicial de constitución es solo una parte. Mantener una SL en activo genera gastos anuales que conviene conocer antes de decidir:
- Asesoría fiscal y contable: entre 80 y 200 euros mensuales, dependiendo del volumen de facturación y la complejidad de la actividad.
- Cuota de autónomo societario del administrador: el administrador que trabaja en la sociedad debe cotizar como autónomo societario, con una cuota que en 2026 varía según sus rendimientos netos pero que parte de unos 300 euros mensuales.
- Depósito de cuentas anuales: entre 30 y 60 euros anuales en el Registro Mercantil.
- Impuesto sobre Sociedades: variable según los beneficios, al 15% durante los dos primeros ejercicios y al 25% en general (con tipos reducidos para pymes y microempresas según la Ley 7/2024).
Como regla general, Gutiérrez Pujadas & Partners recomienda valorar la constitución de una SL cuando los beneficios netos anuales superan de forma estable los 50.000-60.000 euros, momento en que el ahorro fiscal frente al IRPF como autónomo suele compensar con creces estos costes de mantenimiento.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tarda la constitución de una SL?
Por la vía telemática CIRCE con estatutos tipo, entre 48 y 72 horas. Si se usan estatutos personalizados y tramitación presencial, el plazo habitual es de 7 a 15 días hábiles.
¿Puedo constituir la SL yo solo sin notaría?
No. La escritura pública ante notario es obligatoria por ley. Lo que sí se puede hacer vía telemática (CIRCE) es reducir los aranceles notariales al mínimo legal.
¿Es deducible el capital social como gasto?
No. El capital social no es un gasto deducible: es una aportación al patrimonio de la sociedad. Lo que sí puede deducirse son los gastos notariales, registrales y de asesoría vinculados a la constitución.
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