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Impuesto de Sociedades

Empieza la campaña del Impuesto sobre Sociedades

Del 1 al 25 de Julio de 2023

El rendimiento obtenido por las empresas ubicadas en España está sujeto a un gravamen: Impuesto sobre sociedades. Este impuesto se aplica a los beneficios obtenidos tanto por sociedades mercantiles, como por entidades jurídicas. 

Se trata de un impuesto personal, porque grava la renta de una persona jurídica,  directo, y se aplica de forma periódica en todo el territorio español. El periodo impositivo siempre coincide con el ejercicio económico de la empresa. En ningún caso, el período impositivo puede exceder de doce meses. En otros casos, la duración del período impositivo puede ser de 12 meses coincidentes o no con el año natural o inferior a doce meses.

¿Quién debe presentar este impuesto?

  • Sociedades mercantiles: aglutina tanto Uniones Temporales de Empresas (UTE), sociedades anónimas, y sociedades limitadas.
  • Sociedades Civiles que tienen un carácter mercantil
  • Fondos de inversión, de pensiones, cooperativas
  • Sociedades agrarias y agrupaciones de interés económico (AIE)
  • Asociaciones y fundaciones (ONG, colegios profesionales) 

 

Es relevante tener en cuenta que el Impuesto sociedades debe presentarse incluso en el caso de que en el ejercicio anterior no haya obtenido rentas, o se encuentre en proceso de concurso o liquidación. 

¿Cuándo se paga?

La declaración se presentará en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Por tanto, si una entidad hace coincidir su periodo impositivo con el año natural, deberá liquidar y pagar el impuesto de sociedades hasta el 25 de julio.

En caso de que el periodo impositivo de la empresa no coincida con el natural, el pago a realizar se establece en los 6 meses siguientes a su finalización. Además, el periodo impositivo finaliza si la entidad se extingue, cambia su residencia al extranjero, o modifica su forma jurídica (deja de estar sujeto al impuesto o bien cambia su régimen tributario).

En Gutierrez Pujadas & Partners te ayudamos con toda la documentación y presentación de este trámite. 




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